Inspección Técnica de Construcciones

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OBLIGADAS TODA CLASE DE CONSTRUCCIONES

La inspección técnica de edificios o también conocida de construcciones, es una inspección que debe realizarse sobre las construcciones existentes cuando éstas han superado 40 años desde su construcción.

Están afectados por la obligación de la inspección, toda clase de edificaciones y construcciones, con independencia de su uso (residencia, garaje, merendero, almacén, industrial …) y destino (residencia habitual, residencia turística, etc.).

Para la inspección del edificio, SalBur Arquitectos Técnicos realizará una visita para inspeccionar y verificar el buen estado de la cimentación, estructura, fachadas, instalaciones y cubierta (tejado). Así mismo se redactará el certificado energético del edificio y el certificado de grado de accesibilidad del inmueble.

Debe efectuarse una inspección técnica para cada construcción. No obstante, cuando en una misma construcción coexistan varias comunidades de propietarios o en su caso agrupaciones de las mismas, se admitirá como objeto de la inspección la parte correspondiente a cada comunidad o agrupación de comunidades de propietarios; si bien para que pueda materializarse esta opción es preciso solicitarlo previamente y obtener el consentimiento del Ayuntamiento.

Tanto los edificios calificados como fuera de ordenación como los disconformes con el planeamiento, así como los edificios construidos sin licencia o que no se ajusten a la misma están sujetos a la inspección técnica sin que su realización altere la situación jurídica y urbanística del edificio inspeccionado. Los edificios en situación ilegal se inspeccionarán sin perjuicios legales para el cliente.

La inspección técnica de edificios o de construcciones es una inspección que debe realizarse sobre las construcciones cuando han superado 40 años desde su construcción.

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PROCESO PARA LA ITE – comunidades de propietarios

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Contratar a SalBur – Arquitectos Técnicos para la inspección técnica de su edificio. Contáctanos.

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Facilitarnos, en caso de existir, la siguiente documentación:

Certificado de la instalación de baja tensión del edificio

Certificado de la instalación común de gas del edificio

Certificado de la instalación de ascensores

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Fijar un día y horario para la visita de las viviendas necesarias. Obligatorio inspeccionar:

100% viviendas última planta

50% viviendas resto de plantas

100% de viviendas y/o locales de planta baja

100% de elementos en planta sótano

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El día de la visita, dar acceso al técnico a las zonas comunes del edificio (cubierta, sótano, cuartos de limpieza y contadores).

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Una vez recopilados los datos, se redactará el Informe de Evaluación del Edificio – ITC

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Visado del Informe de Evaluación del Edificio en el colegio oficial de Arquitectos Técnicos de Burgos.

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Registro del Informe de Evaluación del Edificio en el registro del Excmo. Ayuntamiento.

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Pago de los honorarios pactados.

MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BURGOS
OBLIGADOS A REALIZAR LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS

Aranda de Duero

Briviesca

Burgos

Medina de Pomar

Miranda de Ebro

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ENLACES DE INTERÉS

Padrón de edificios sometidos a la ITC durante el año 2023 – Burgos

Padrón de edificios sometidos a la ITC durante el año 2022 – Burgos

Padrón de edificios sometidos a la ITC durante el año 2021 – Burgos

Página web del Excmo. Ayuntamiento de Burgos – ITC

Programa realización informe ITC – Junta de Castilla y León

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NORMATIVA DE APLICACIÓN

Ordenanza municipal de la ITC de Burgos

Decreto 6/2016 de 3 de marzo – Informe del evaluación de edificio

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